Renovación de pasaporte denegada si no ha pagado multa o multa
¿No pagaste una multa? Esto es lo que se arriesga hoy si tiene una deuda con el estado por una multa o multa impaga: es posible que no se le emita o renueve su pasaporte.
Se trata de dos sanciones pecuniarias aplicables en el ámbito penal. La multa está prevista para los delitos más graves, como los delitos, y consiste en el pago de una cantidad que oscila entre 50 y 50 mil euros, mientras que la multa se refiere a delitos menores, como multas, y el monto a pagar oscila entre un mínimo de 20 euros hasta un máximo de 10 mil euros.
Si la multa no se paga, puede convertirse en una sanción restrictiva de la libertad personal. Además, para determinados delitos con beneficio patrimonial, la ley establece la pena de reclusión con la adición por parte del juez de una multa de 50 euros a 25 mil euros. Para algunos delitos, la pena prevista es la de una multa, mientras que para otros la multa se aplica alternativamente o junto con la pena de prisión.
Para la multa, el juez puede tener en cuenta las condiciones económicas del infractor y decidir si la aumenta o la reduce. También puede cobrar la multa en cuotas mensuales. Para algunos delitos se prevé una multa, mientras que para otros la multa se aplica alternativamente o junto con la pena de arresto.
Como dije al principio de este artículo, si no paga la multa o la multa, es posible que no obtenga su pasaporte y se lo deneguen por falta de pago. Esto se debe a que la ley dice que debe expiar una sentencia que restringe la libertad personal.
Para salir de esta situación tienes dos formas:
- Acude a la oficina de cobranza de deudas del juzgado, que dictó la sentencia de pago de la multa, y liquida tu deuda. Atención, deberá presentar un comprobante de pago ante el tribunal para que se autorice su pasaporte.
- Pide la nulla osta al juez que se encarga de la ejecución de la sentencia (difícilmente la concederá).
Si la multa y la multa se refieren a delitos despenalizados (por lo tanto, ya no están previstos por la ley como delito), y a los que se puede aplicar el indulto, ya no se requiere el pago y solo debe presentar una solicitud al juez competente que Tendrá que declarar la extinción del delito por despenalización.
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