CULTURA

Documentos para la práctica matrimonial

El trámite “burocrático” respecto a la documentación que se debe encontrar con vistas al matrimonio es más difícil dicho que hecho, ¡te lo garantizo!

En general, podemos decir que algunas cosas varían de una parroquia a otra, dependiendo del párroco con el que se esté tratando, pero los pasos siguen siendo los siguientes:

– ambos necesitan encontrar el Certificado de bautismo en la parroquia donde fuiste bautizadoincluso si se hace en otro lugar, como en mi caso)Certificado de confirmacion por separado, solicitándolo en la parroquia donde fuiste confirmado.

NÓTESE BIEN. Estos documentos también pueden ser solicitados por otras personas, incluso por teléfono, por lo que si has sido bautizado en una ciudad lejana donde no tienes camino por donde ir, intenta escuchar si la parroquia está dispuesta a enviarte el Certificado por correo, ya que ellos lo hará a menudo sin problemas.

– como certificado «civil», deberá solicitar sus dos municipios de residencia el Certificado contextual (o acumulativo) para uso matrimonial (en papel normal está bien, incluso si algunos municipios lo harán solo con un sello fiscal en realidad no sería necesario), que incluye ciudadanía, residencia y estado civil

– con los documentos mencionados anteriormente, y el certificado de participación en el curso prematrimonial, dirígete a la parroquia de residencia de uno de los 2, que hará la práctica matrimonial (en muchos casos el curso prematrimonial también puede terminar más tarde, depende del cura, si te deja comenzar la práctica incluso sin ese certificado … en nuestro caso lo hizo sin problemas)Formulario X – Solicitud de publicaciones civiles), para llevar al Ayuntamiento junto con 2 timbres fiscales, si resides en distintos Municipios (en caso contrario, solo uno), cada uno por 14,62 euros. Irás al mismo Municipio que la parroquia, y este se encargará de las publicaciones civiles (online, por lo tanto visibles en las webs de los Municipios en la sección «Albo Pretorio») en ambos Municipios de residencia. (El Municipio generalmente se ocupa de forma independiente para buscar los documentos que necesita: partida de nacimiento, certificados varios, etc: ha habido casos en los que algunos Municipios los han solicitado a los cónyuges)

– obtenido el certificado de publicaciones civiles, llévelo al párroco habitual para iniciar el publicaciones religiosas (a veces estos comienzan antes o en paralelo)usted tendrás que traer a la otra parroquia de residencia, para publicaciones religiosas también allí (mientras estés en la parroquia donde te vas a casar, si es diferente a las residencias, no se deben hacer)

– Una vez terminado esto, vuelve con el sacerdote habitual, quien lo libera. «Estado de los documentos» (Formulario XIV – un resumen de su práctica), para llevárselo al que se casará contigo, y… ¡¡¡estás listo para casarte !!!

Si el matrimonio tiene lugar en una iglesia distinta a la de residencia, antes de este último paso tendrás que dirigirte al Vicariato para recibir la nulla osta (un sello en el Estado de Documentos mencionado anteriormente que te entregó el sacerdote).

Todo esto, puedes empezar a hacerlo unos 6 meses antes, ¡pero podría tardar incluso menos! Lo más largo podría ser el curso prematrimonial, pero depende de dónde lo hagas, puedes elegir cualquier parroquia, incluso diferente a la tuya y a la del matrimonio, y puedes hacerlo incluso un año antes para estar seguro.

NÓTESE BIEN. Los certificados son válidos por 6 meses, así que no los haga demasiado pronto.

Además, desde el momento de las publicaciones civiles, el matrimonio debe celebrarse dentro de los 180 días (estos son los únicos plazos que debe tener en cuenta).

Obviamente estoy disponible para aclaraciones, ideas, preguntas sobre casos particulares, etc.

Hola,

Alessandra

Mira aquí también: La elección entre comunión y separación de bienes

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